Entrevista intergeneracional Hilario Gelbolingo Davide Jr

Hilario Gelbolingo Davide Jr. es un antiguo Embajador/Representante Permanente de la Misión de la República de Filipinas ante las Naciones Unidas en Nueva York.

Fue el 20º Presidente del Tribunal Supremo de Filipinas y el jefe del poder judicial del gobierno desde noviembre de 1998 hasta diciembre de 2005. Como máximo responsable judicial, presidió el Tribunal Supremo de Filipinas.

En particular, fue el juez encargado del caso Oposa contra Factoran, que constituye una decisión histórica en el panorama jurídico filipino y mundial porque es la primera vez que un juez articula los derechos de las generaciones futuras. Así, fue también uno de los promotores de la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, adoptada por las Naciones Unidas en 2007.

La sensibilidad hacia los temas medioambientales le viene de su infancia. Nació en el seno de una familia pobre, con padres que eran maestros pero también agricultores. Creció en una granja rodeada de vegetación donde empezó a trabajar a los 14 años, y tenía que caminar 19 km para ir a la escuela. También pasaba su tiempo libre en las montañas y los bosques. Fue después de la Segunda Guerra Mundial cuando se destruyó esta vegetación para dar paso a la agricultura moderna para cultivar maíz o arroz, lo que califica de «violación» de los bosques, ya que a raíz de este cambio empezaron a aparecer problemas ecológicos como la erosión del suelo y la sedimentación de los ríos. Según él, sus padres fueron pioneros en la conservación de este entorno porque movilizaron a los agricultores para que reforestaran las tierras de su pueblo. Citó a su padre: «Si nuestro trabajo es en vano, culpemos a la cosecha, pero no a la tierra».

De 1978 a 1984, fue elegido miembro de la Asamblea Provisional de la Batasang Pambansa (la legislatura provisional) de Filipinas para un mandato de seis años. Durante este mandato, presentó una resolución para investigar la denudación masiva de los bosques vírgenes del país por la concesión de licencias de tala de árboles por parte del gobierno a determinados particulares y pidió su cancelación. También presentó una Resolución que exige la plantación de un determinado número de árboles forestales o frutales como uno de los requisitos para graduarse en la escuela secundaria. Ninguna de estas resoluciones fue aprobada por la legislatura provisional, controlada mayoritariamente por el gobierno de la ley marcial del presidente Ferdinand Marcos.

En 1986, fue comisionado de la Comisión Constitucional, donde se encargó de redactar una nueva Constitución para Filipinas tras la Revolución del Poder Popular de febrero de 1986, que derrocó la ley marcial y el régimen dictatorial del Presidente Marcos. Fue el responsable de la Constitución de Filipinas de 1987, que dice: «SEC. 16. El Estado protegerá y promoverá el derecho del pueblo a una ecología equilibrada y saludable en armonía con el ritmo y la armonía de la naturaleza».

En 1991, se archivó el caso Oposa, y Hilario Davide se convirtió en el juez. Según él, el caso le fue asignado por sorteo cuando era el juez más joven del tribunal de justicia, tras la retirada del juez principal del caso, que quería dar el caso al benjamín del tribunal para que fuera su primer gran desafío. Para él, el resultado del juicio parecía obvio. Explica que durante el juicio le emocionó el hecho de que fueran personas más jóvenes, menores de edad en su opinión, las que presentaran el caso, con el fin de potenciar los intereses de los más jóvenes y de las generaciones venideras para ampliar el alcance del derecho a un medio ambiente sano a todos los pueblos y a todas las generaciones, dando un buen ejemplo de derechos intergeneracionales, en línea con lo que el artículo 16 de la Constitución filipina.

Si Antonio Oposa y los niños no hubieran llevado este caso a los tribunales, informa Hilario, el Tribunal nunca habría podido actuar y decidir sobre cuestiones trascendentales, lo que subraya la importancia de actuar para llevar los casos climáticos a la ley.

En cuanto a su papel en las Naciones Unidas para la defensa de los pueblos indígenas, explica que él no fue el autor de esta declaración porque fue concebida o más bien «creada» por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. El Consejo lo «aprobó» el 29 de junio de 2006. De hecho, fue nombrado en febrero de 2007 y presentó sus credenciales al Secretario General de la ONU el 2 o 3 de marzo de 2007.

Es un tema que le interesa cada vez más, ya que tiene un interés particular en los pueblos indígenas de Filipinas, concretamente en los de las islas de Luzón y Mindanao. Durante su mandato, su delegación envió una nota verbal el 29 de mayo de 2007 a S.E. Haya Rashed Al-Khalifa, entonces Presidente de la Asamblea General de la ONU y Representante Permanente del Estado de Bahréin ante las Naciones Unidas en Nueva York, en la que explicaba que quería volver a tratar algunos de los puntos divergentes de la declaración para abordar las preocupaciones conflictivas que algunos pudieran tener.

A continuación, el 6 de junio de 2007, la Presidenta de la Asamblea General, Haya Rashed Al-Khalifa, le nombró facilitador para facilitar nuevas consultas sobre la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas. Este nombramiento supuso un reto para él, ya que todavía era un neófito en la organización de la ONU, y utilizó sus múltiples experiencias para desempeñar esta función.

Tras un debate con diferentes grupos de representantes, consiguió resolver los problemas encontrados para revisar algunos puntos de la declaración y garantizar que fuera aceptable para todos. Posteriormente, se dirigió a diferentes ONG y Estados para promover la declaración y los derechos de los pueblos indígenas. Como resultado, el 13 de septiembre de 2007, la Asamblea General aprobó el texto de la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

Si quieres conocer todos los detalles de la entrevista, no dudes en descargar la ficha con las respuestas completas de Hilario Gelbolingo Davide Jr.

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